Sentencia confirmando la sanción impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores al Banco Santander

Sentencia confirmando la sanción impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores al Banco Santander

En el proceloso devenir de los litigios contra el Banco Santander, como sucesor del Banco Popular, en los distintos ámbitos jurisdiccionales, el pasado 25 de abril la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia confirmando la sanción impuesta en mayo de 2019 por la Comisión Nacional del Mercado de Valores al Banco Santander, por omitir información y presentar datos engañosos sobre la remuneración de sus consejeros en los ejercicios de 2013 a 2015.
De esta manera, el Tribunal Supremo ha ratificado su doctrina sobre la transmisión de la responsabilidad entre personas jurídicas por infracciones administrativas, en casos de fusión por absorción.
Esta Sentencia respalda la teoría de que Banco Santander debe responder frente a los inversores del Banco Popular en el caso de que se declare que cometió alguno de los delitos que se le imputan en la causa penal, pues la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 5 de mayo de 2022, se limita a eximir de responsabilidad civil al Banco Santander, como consecuencia del incumplimiento de la Ley del Mercado de Valores por parte del Banco Popular.
En el proceso penal que se sigue ante la Audiencia Nacional, los afectados personados podrán acceder a la posible indemnización de daños y perjuicios si, en definitiva, se reconoce la comisión de alguno de los delitos que se le imputan (administración desleal, delito continuado contra el mercado, falsedades documentales o apropiación indebida).
Paralelamente, en otra reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz, se condenó al Banco Santander por incumplimiento de sus obligaciones de conducta e información, en relación con la adquisición de participaciones preferentes de SOS Cuétara, en una operación de alto riesgo y por importe de 400.000 €.
Con ello consideramos que podría hacerse verdaderamente justicia, al menos respecto a la adquisición de preferentes, a pesar de la citada Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para todos aquellos accionistas del Banco Popular que vieron sus inversiones reducidas a la nada.

http://www.vindexabogados.com/wp-content/uploads/2023/06/STS_1884_2023.pdf